ORDENANZAS DE GALISTEO. TÍTULO 6

domingo, 7 de febrero de 2010

DEL VINO DE VILLA Y TIERRA

CAPÍTULO PRIMERO.

Que ninguno entre vino de fuera hasta ser desacotado.

En este capítulo se prohibe que ningún vecino de la Villa y Tierra de Galisteo se atreva a vender vino que proceda de fuera del territorio de dicha Villa y Tierra, mientras no sea consumido el vino que se produce en el término de la misma, so pena de perder dicho vino y la bestia o bestias que utilizare para su transporte, además de pagar la pena de seiscientos maravedíes, la tercia parte para el arrendador, otra tercia parte para obras públicas y la otra tercia parte para el juez, a cada uno por cada vegada en pena. Y que cualquiera que en su casa lo hallaren en esta villa o su término, que le puedan tomar el dicho vino de fuera parte y las vasijas en que lo tuviere y le lleven los dichos seiscientos maravedíes en la forma susodicha de pena por cada vegada.

CAPÍTULO SEGUNDO.

Que se pueda meter el mosto y vino de su cosecha y que se pueda hacer pesquisa.
Indica que se cumpla lo indicado en el capítulo anterior, pero que los vecinos de la Villa y su Tierra que tienen viñas en el Campo (Villa del Campo) o en otros lugares fuera del término de esta villa que no caigan sobre ellos pena por meter lo de su cosecha, pero si a vuelta de ello metieren vino de fuera de su cosecha, que pague la indicada pena de seiscientos maravedíes por cada vegada, la tercia parte para los dichos arrendadores, la tercia parte para obras públicas y la otra tercia parte para el juez como va indicado en el capítulo anterior.

CAPÍTULO TERCERO.

Que la justicia y regidores de la villa de Galisteo puedan dar licencia.
Se indica que se da licencia al concejo para conceder gracias y mercedes a los concejos y personas que quisiesen, y eso para poner fieles y veedores, que fijen los precios de los vinos que se vendieren en las dichas cosechas a precios justos y razonables.

CAPÍTULO CUARTO.

En que se aplican las penas.

Que no habiendo arrendador en las dichas penas sea una tercera parte para obras públicas, otra tercera para el acusador y la otra para el juez que lo sentenciare.